"La historia es una lucha entre los seguidores del único Rey de la creación y sus opositores comandados por Satanás y sus legiones. En ella los hombres son actores en favor de uno u otro".
La Segunda Cristera en Los Altos de Jalisco
"La historia es una lucha entre los seguidores del único Rey de la creación y sus opositores comandados por Satanás y sus legiones. En ella los hombres son actores en favor de uno u otro".
lunes, 18 de diciembre de 2017
lunes, 20 de noviembre de 2017
Descubren “operación de inteligencia” que selló destino de la Cristiada
En la festividad del Beato Anacleto González Flores y compañeros
Notimex 2017-11-03
Recientes estudios de documentos del Archivo Secreto Vaticano sacaron a la luz una “operación de inteligencia” que logró engañar al Papa Pío XI y selló el destino de la Guerra Cristera, el sangriento conflicto interno que marcó a México entre 1926 y 1929.
En entrevista con Notimex, Paolo Valvo, investigador italiano de la Università Cattolica del Sacro Cuore, sostuvo que el pontífice recibió información errónea en dos momentos clave de la Cristiada: cuando estalló el alzamiento y al momento de su conclusión.
El estudioso, autor de varios ensayos sobre ese periodo histórico, pudo consultar los archivos de la sede de la Iglesia católica, y llegó a la conclusión de que uno de estos engaños al Papa se logró gracias a una estrategia montada con la colaboración de algunos personajes de la Curia Romana.
“Pío XI aprobó tácitamente la determinación del episcopado mexicano, en julio de 1926, de suspender el culto público en todo el país. Fue una decisión fundamental que aceleró el conflicto, seguida unas semanas después, en agosto, de los primeros levantamientos armados de los cristeros”, precisó Valvo.
Sobre este particular, hasta ahora se sabía que los obispos mexicanos habían enviado un telegrama a la sede de la Iglesia católica pidiendo al Papa la autorización para suspender el culto, asegurándole que la mayoría de ellos estaban de acuerdo con esa medida.
El pontífice no se refirió a la suspensión del culto, pero sí autorizó a los obispos hacer “lo más oportuno” para salvaguardar la unidad del pueblo frente a un gobierno anticlerical como el del presidente Plutarco Elías Calles.
“En los archivos vaticanos se descubrió que las premisas de este intercambio de telegramas estuvieron afectadas por algunos errores. El más grave es que no era verdadero que la mayoría de los obispos estaba a favor de la suspensión del culto”, explicó el estudioso.
“Hubo sí una minoría de obispos intransigentes, muy combativos, que lograron imponer su voluntad sobre la mayoría que era más bien moderada, pero dejó espacio a los intransigentes. Por eso la información dada a Pío XI y por la cual él tomó su decisión era falsa”, agregó.
El segundo engaño tuvo lugar en 1929 y fue producto de un error de traducción. En junio de ese año, los obispos mexicanos Pascual Díaz y Leopoldo Ruíz y Flores llevaron adelante negociaciones con el presidente Emilio Portes Gil para acabar con el conflicto.
Así, tras alcanzar un acuerdo, los clérigos enviaron un telegrama a Roma en el cual se presentaba el resultado de la negociación y se pedía una aprobación. Cinco días después, el secretario de Estado del Vaticano de entonces, Pietro Gasparri, respondió con una serie de puntos críticos hacia el contenido de los arreglos.
El primer punto decía telegráfico: “Su Santidad deseosísima llegar acuerdo pacífico y justo”. Pero la diplomacia chilena, involucrada como correo, tradujo mal esa línea del italiano al español. ¿El resultado?: “Su Santidad deseosísima llegar acuerdo pacífico y laico”.
Los obispos mexicanos, desconcertados, replicaron en otro mensaje: “Explique significado última palabra punto primero”. El secretario de Estado Vaticano respondió: “Última palabra del punto primero significa con justicia”.
Así, el arzobispo Ruíz y Flores, que era también delegado apostólico, le dijo al embajador estadounidense en México, Dwight Morrow, que –a su entender- aquello de “pacífico y laico” significaba que los acuerdos deberían ser conformes con la legislación mexicana.
“Esto permitió llegar a ese acuerdo desventajoso sobre unas bases que seguramente Pío XI no tuvo en cuenta. Esto no se sabrá exactamente nunca porque el Papa no se pronunció en 1929 sobre los arreglos, negociados sobre unas bases que quizás él no había aprobado”, añadió Valvo.
Finalmente, el 29 de septiembre de 1932, el Papa dedicó una encíclica (“Acerba Animi”) a los acontecimientos mexicanos. Fue una de tres cartas que escribió sobre el tema en esos años. En ella denunció la actitud persecutoria y anticlerical del gobierno, además de atacarlo por no cumplir los acuerdos de 1929.
En ese mismo texto explicó a las razones por las cuales la Santa Sede había aceptado los arreglos. Arreglos que “no habían arreglado casi nada” y hacia los cuales se elevaban muchas críticas en diversos sectores mexicanos, los cuales no entendían por qué se habían aceptado sus condiciones.
Valvo estableció que las dificultades de aquellos años quedaron relativamente superadas durante la presidencia de Lázaro Cárdenas (1934-1940), cuando se alcanzó un “modus vivendi” entre la Iglesia y el Estado por el cual ya no se aplicaron las leyes anticlericales.
El punto más alto de aquel mejoramiento en las relaciones institucionales se plasmó en el apoyo público que brindaron los arzobispos de Guadalajara y México, Luis Garibi Rivera y Luis María Martínez y Rodríguez a la expropiación petrolera determinada por el presidente.
“Esta decisión fue resultado de un camino de años en el cual estaba claro que la situación para la Iglesia estaba mejorando. También en el Vaticano había la misma percepción”, indicó el estudioso.
“Por eso la Iglesia y la Santa Sede eran favorables a un entendimiento, mientras a Cárdenas las circunstancias históricas le permitieron comprender que no era provechoso para él, para su gobierno y para la estabilidad del país seguir con ese régimen de persecución abierta”, ponderó.
Fuente: http://www.cronica.com.mx/notas/2017/1050811.html
sábado, 4 de febrero de 2017
Los amargos frutos de la Constitución de 1917
Nemesio Rodríguez Lois*
Hemos tratado acerca de las fallas de origen –a nuestro juicio, bastante graves- que tuvo la Constitución de 1917 que en este año cumple un siglo de vida.
Veamos ahora cuales han sido algunos de sus frutos más amargos.
Empezaremos hablando en términos jurídicos: ¿Cómo podríamos definir a la Constitución que rige los destinos de un pueblo?
La definiríamos diciendo que es el ordenamiento fundamental que establece como debe ser ejercida la autoridad pública; la forma bajo la cual la nación actúa como cuerpo político, de que modo y por quien debe ser gobernado un pueblo y –muy importante- cuáles son los derechos y deberes de los gobernantes.
Ahora bien, una definición más simple podría ser la siguiente: La Constitución es el conjunto de normas fundamentales que sirven para regir la organización de la sociedad, razón por la cual debe ser aplicada y cumplida de modo muy especial, sobre todo en aquellas reglas que garantizan el respeto y la libertad de los ciudadanos.
Sin embargo y como ya lo hemos dicho, a pesar de que, hace un siglo, más del 95 por ciento del pueblo mexicano profesaba el catolicismo, la realidad es que algunas de sus normas fundamentales hostilizan la fe de esa inmensa mayoría. Veamos:
*El artículo 3º estableció la educación laica en escuelas oficiales y particulares.
*El artículo 5º prohibió los votos religiosos así como el establecimiento de órdenes monásticas.
*El artículo 24 estableció la libertad de creencias pero prohibió todo acto de culto externo fuera de los templos o de las casas particulares.
*El artículo 27, que trata acerca de la propiedad, perpetuó la nacionalización de los bienes eclesiásticos, llegando al extremo de prohibir la existencia de seminarios, conventos, colegios de inspiración religiosa y casas donde habitaban los párrocos y los obispos.
*El artículo 130 llevó al extremo la persecución contra la Iglesia que había tenido sus antecedentes en los liberales del siglo XIX y en los revolucionarios de inicios del XX.
Era tan antirreligioso el espíritu de dichos artículos que, el 18 de noviembre de 1926, el Papa Pío XI los condenó en su Encíclica “Iniquis afflictisque”.
Dada la realidad sociológica, era imposible gobernar con dicha Constitución, a menos que se dejasen sin efecto los artículos antirreligiosos.
Mientras dichos preceptos constitucionales no se aplicaron todo marchó más o menos con cierta tranquilidad.
El problema se produjo cuando el Presidente Plutarco Elías Calles decidió llevarlos a la práctica al promulgar la Ley Reglamentaria del Artículo 130. Esto ocurrió a principios de 1926.
Dicha decisión fue algo tan imprudente como lanzar piedras contra un avispero.
La Jerarquía católica decide suspender los cultos y cerrar los templos lo cual causó que miles de católicos se lanzasen a la lucha armada.
Se había iniciado la Guerra Cristera que durante tres años ensangrentó al país y que causó más de ochenta mil muertos.
Deseando restablecer la paz, las autoridades, sin reformar la Constitución, suspenden la aplicación de las normas persecutorias.
Una prueba evidente de que cuando una ley no se puede aplicar debe ser derogada. Este es un principio elemental de la ciencia jurídica.
Esto es lo que celebramos en este 2017, los cien años de una Carta Magna que fue promulgada con gravisímas fallas de origen y que, cuando se pretendió llevarla al extremo, fue causa de ruina, muerte y desolación.
Una Carta Magna que ha tenido tantas reformas que si los constituyentes de Querétaro saliesen de sus tumbas serían incapaces de reconocerla.
* Historiador y escritor.
Veamos ahora cuales han sido algunos de sus frutos más amargos.
Empezaremos hablando en términos jurídicos: ¿Cómo podríamos definir a la Constitución que rige los destinos de un pueblo?
La definiríamos diciendo que es el ordenamiento fundamental que establece como debe ser ejercida la autoridad pública; la forma bajo la cual la nación actúa como cuerpo político, de que modo y por quien debe ser gobernado un pueblo y –muy importante- cuáles son los derechos y deberes de los gobernantes.
Ahora bien, una definición más simple podría ser la siguiente: La Constitución es el conjunto de normas fundamentales que sirven para regir la organización de la sociedad, razón por la cual debe ser aplicada y cumplida de modo muy especial, sobre todo en aquellas reglas que garantizan el respeto y la libertad de los ciudadanos.
Sin embargo y como ya lo hemos dicho, a pesar de que, hace un siglo, más del 95 por ciento del pueblo mexicano profesaba el catolicismo, la realidad es que algunas de sus normas fundamentales hostilizan la fe de esa inmensa mayoría. Veamos:
*El artículo 3º estableció la educación laica en escuelas oficiales y particulares.
*El artículo 5º prohibió los votos religiosos así como el establecimiento de órdenes monásticas.
*El artículo 24 estableció la libertad de creencias pero prohibió todo acto de culto externo fuera de los templos o de las casas particulares.
*El artículo 27, que trata acerca de la propiedad, perpetuó la nacionalización de los bienes eclesiásticos, llegando al extremo de prohibir la existencia de seminarios, conventos, colegios de inspiración religiosa y casas donde habitaban los párrocos y los obispos.
*El artículo 130 llevó al extremo la persecución contra la Iglesia que había tenido sus antecedentes en los liberales del siglo XIX y en los revolucionarios de inicios del XX.
Era tan antirreligioso el espíritu de dichos artículos que, el 18 de noviembre de 1926, el Papa Pío XI los condenó en su Encíclica “Iniquis afflictisque”.
Dada la realidad sociológica, era imposible gobernar con dicha Constitución, a menos que se dejasen sin efecto los artículos antirreligiosos.
Mientras dichos preceptos constitucionales no se aplicaron todo marchó más o menos con cierta tranquilidad.
El problema se produjo cuando el Presidente Plutarco Elías Calles decidió llevarlos a la práctica al promulgar la Ley Reglamentaria del Artículo 130. Esto ocurrió a principios de 1926.
Dicha decisión fue algo tan imprudente como lanzar piedras contra un avispero.
La Jerarquía católica decide suspender los cultos y cerrar los templos lo cual causó que miles de católicos se lanzasen a la lucha armada.
Se había iniciado la Guerra Cristera que durante tres años ensangrentó al país y que causó más de ochenta mil muertos.
Deseando restablecer la paz, las autoridades, sin reformar la Constitución, suspenden la aplicación de las normas persecutorias.
Una prueba evidente de que cuando una ley no se puede aplicar debe ser derogada. Este es un principio elemental de la ciencia jurídica.
Esto es lo que celebramos en este 2017, los cien años de una Carta Magna que fue promulgada con gravisímas fallas de origen y que, cuando se pretendió llevarla al extremo, fue causa de ruina, muerte y desolación.
Una Carta Magna que ha tenido tantas reformas que si los constituyentes de Querétaro saliesen de sus tumbas serían incapaces de reconocerla.
* Historiador y escritor.
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